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institución:MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 02480 03 de marzo de 2009 DCA-0704 Señora Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia. Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato y adenda del 10 de febrero del 2009, para la Construcción de un Plantel Municipal en el Cantón de San Isidro de Heredia, suscrito entre esa Municipalidad y el señor Froilán Villalobos Martínez. Licitación Pública N° 2008LN-000002-01. Nos referimos a sus oficios No. 2009-P-MSI-00001 y 2009-P-MSI-0008, mediante los cuales requiere refrendo y remite información respecto al contrato y adenda para la Construcción de un Plantel Municipal en el Cantón de San Isidro de Heredia, suscritos entre esa Corporación Municipal y el señor Froilán Villalobos Martínez. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos los documentos suscritos entre esa Municipalidad y el señor Froilán Villalobos Martínez, indicados anteriormente, debidamente aprobados por esta Contraloría General, condicionado a los siguientes aspectos: 1. Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario, suficiente y disponible, a efectos de atender las obligaciones derivadas de esta contratación, de conformidad con certificación del once de febrero del 2009, suscrita por la señora María Teresa Chacón Fonseca, Tesorera Municipal. 2. Es responsabilidad de la Administración la constatación técnica de la oferta presentada por el señor Froilán Villalobos Martínez, así como la razonabilidad de precios de la presente contratación, lo anterior de conformidad con oficio DDU08-104-Plantel del 22 de diciembre del 2008, suscrito por el Ing. Greivin Jiménez Esquivel, Director de Urbanismo, Departamento de Ingeniería de esa Municipalidad. 3. Es responsabilidad de ese Municipio velar por el mantenimiento de la vigencia de la garantía de cumplimiento durante el plazo requerido en el cartel, a efectos de gara ...
Fecha publicación: 06/03/2009
Fecha emisión: 03/03/2009
Documento: 02480-2009.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13336 10 de diciembre, 2008 DCA-4082 Señora Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia San Isidro de Heredia Estimada señora: Asunto: Se imprueba contrato para la contratación de servicios para la construcción de un Plantel Municipal, suscrito entre esa Corporación Municipal y el señor Froilan Villalobos Martínez. Licitación Pública Nacional N° 2008LN-000002-01. Nos referimos a oficio N° 2008-P-MI-0059 del 05 de octubre del 2008, recibido en esta Contraloría General el pasado 5 de noviembre, mediante el cual solicita el refrendo del contrato para la Construcción de un Plantel Municipal, suscrito entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y el señor Froilan Villalobos Martínez. Una vez realizado el estudio de rigor, se rechaza la solicitud de refrendo, por las razones que de seguido se exponen: 1. Siendo que la ejecución del objeto contractual se llevaría a cabo durante el año 2009, esa Administración deberá acreditar que respecto a ese período presupuestario cuenta con los recursos suficientes a efectos de enfrentar la erogación que este procedimiento implica. En ese sentido, de igual manera deberá acreditarse que se cuenta con los recursos para cubrir el monto por concepto de reajuste de precios, en caso que sea necesario. 2. De conformidad con el artículo 33 del cartel de licitación, es necesario que el contratista aporte una serie de declaraciones juradas. En ese sentido, con vista en el expediente de contratación, se denota que las declaraciones rendidas por el contratista carecen de que la declaración se rinde bajo fe de juramento y además en algunas de ellas se hace referencia a normativa derogada. 3. Con vista en la certificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social en el sentido que el contratista es asegurado voluntario / No patrono, y el compromiso asumido por el señor Froilan Villalobos Martín ...
Fecha publicación: 13/12/2008
Fecha emisión: 10/12/2008
Documento: 13336-2008.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA PAGE 3 Al contestar refiérase al oficio No. 11477 31 de octubre de 2008 DCA- 3490 Señora Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Fax: 2268-2017 Estimada señora: Asunto: Se refrenda en forma condicionada, contrato suscrito entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y Maquinaria y Tractores Ltda. (MATRA), para la adquisición de una retroexcavadora tipo back-hoe 4x4 para esa Municipalidad. Nos referimos a su oficio 2008-P-MI-0051 de fecha 2 de octubre del año en curso, recibido en esta Contraloría General en fecha 3 del mismo mes y año, por el cual requiere el refrendo legal del contrato suscrito entre esa Municipalidad y la empresa Maquinaria y Tractores Ltda. (MATRA), correspondiente a la compra de una retroexcavadora tipo back-hoe 4x4 para ese gobierno municipal, procedimiento tramitado mediante Licitación Pública 2008LN-000001-01, y adjudicada por un total de $86.200 (ochenta y seis mil doscientos dólares exactos). Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito debidamente refrendado por este Despacho, no obstante condicionado a la observancia de los siguientes aspectos: 1. Debe tomar en cuenta esa Municipalidad, que para efectos de estimación nominal del contrato, en caso de una adjudicación en dólares, debe utilizarse para la conversión el tipo de cambio vigente para la venta en la fecha de formalización. En este caso, para efectos de la cláusula sétima del contrato, el monto nominal correcto es de ¢48.182.352,00 (cuarenta y ocho millones ciento ochenta y dos mil trescientos cincuenta y dos colones exactos), al tipo de cambio de ¢558,96 (quinientos cincuenta y ocho colones con noventa y seis céntimos), vigente para la venta el día 23 de setiembre del 2008, fecha de la suscripción contractual. Lo que nos da una diferencia en relación con el monto indicado en dicha cláusula de ¢193.088,00 (ciento noventa y tres m ...
Fecha publicación: 31/10/2008
Fecha emisión: 31/10/2008
Documento: 11477-2008.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 14197 28 de noviembre de 2007 DCA-4064 Señora Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia Estimada señora: Asunto: Se refrenda el contrato y adenda suscrita por la Municipalidad de San Isidro de Heredia y WPP Continental de Costa Rica S. A., cuyo objeto es el servicio del tratamiento y disposición final de los desechos sólidos ordinarios, residenciales, comerciales e industriales del Cantón de San Isidro de Heredia. Nos referimos a sus oficios No. PV.INT.025-2007 de fechas 25 de setiembre y 1o. de noviembre, respectivamente, mediante los cuales solicita la aprobación del contrato y adenda suscrita entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y WPP Continental de Costa Rica S.A. para el servicio del tratamiento y disposición final de los desechos sólidos ordinarios, residenciales, comerciales e industriales del cantón de San Isidro de Heredia, producto de la licitación pública 2007-LN-000001-01. Una vez realizado el estudio de rigor, aprobamos el contrato supracitado y su adenda respectiva, los cuales se condicionan al cumplimiento de las siguientes observaciones: 1. Queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración, vigilar que los permisos ambientales y de salud estén vigentes durante el plazo del contrato, con el fin de no interrumpir el servicio público propuesto. Lo anterior sin perjuicio del control posterior que ejerza esta Contraloría General al respecto. 2. Es responsabilidad de la Administración, contar con la partida presupuestaria suficiente para hacerle frente a la presente erogación. 3. En relación con el mecanismo de revisión del precio acordado por las partes, le comunicamos que una vez efectuado el estudio pertinente, se concluye que este mecanismo concuerda con los lineamientos que sobre la materia ha establecido esta Contraloría General, por cuanto ...
Fecha publicación: 06/12/2007
Fecha emisión: 28/11/2007
Documento: 14197-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13067 5 de noviembre, 2007 DCA-3716 Licenciada Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia Estimada señora: Asunto: Denegatoria de refrendo del contrato suscrito entre esa Municipalidad y la empresa Desechos Clasificados S.A. para el alquiler de un camión de basura (Licitación Pública 2007LN-000002-01, monto según contrato $140, plazo de seis meses prorrogables hasta 2 años). Damos respuesta a su oficio sin número, de fecha 1 de octubre del 2007, mediante el cual remite a estudio el contrato suscrito entre esa Municipalidad y la empresa Desechos Clasificados S.A. para el alquiler de un camión de basura. Una vez realizado el análisis de rigor, devolvemos el contrato de marras sin su correspondiente refrendo, por las razones que de seguido se exponen: Este órgano contralor ha señalado para efectos de estimación para refrendo lo siguiente: En ese orden de ideas, este órgano contralor considera que para determinar la procedencia del refrendo o aprobación interna, según corresponda, la estimación que debe efectuarse, es con base en el monto del periodo que efectivamente la Administración se ha comprometido a contratar para satisfacer el interés público; entendiendo por ello exclusivamente el plazo convenido (sea éste uno o más años), sin tomar en cuenta las prórrogas (independientemente se éstas son automáticas o negociables. Téngase en cuenta que por la naturaleza propia de las prórrogas, las mismas son eventuales, razón por la cual, no constituyen per se, una obligación para la entidad… En ese sentido, la doctrina ha señalado que puede adquirir —en principio— eficacia aquella situación donde se haya generado algún derecho subjetivo. Siendo que las posibles prórrogas son simples expectativas de derecho o a lo sumo un interés legítimo —ambas situaciones jurídicas intersubjetivas carentes de eficacia—, resulta improcedente conceder un requisi ...
Fecha publicación: 09/11/2007
Fecha emisión: 05/11/2007
Documento: 13067-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 Sr. Jorge Monge Rojas 12 de marzo, 2004 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 01546 16 de febrero, 2007 DCA-0586 Licenciada Elvia Villalobos Arguello Alcaldesa Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia San Isidro, Heredia Estimada señora: Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre esa Municipalidad y el Banco de Costa Rica, cuyo objetivo es dar en uso un espacio de esa Municipalidad para la instalación de un cajero automático del Banco de Costa Rica (Contrato de uso). Nos referimos a su oficio sin numero de fecha de 24 de enero de 2007, mediante el cual solicita la aprobación del contrato suscrito por esa Institución y el Banco de Costa Rica, cuyo objetivo es dar en uso un espacio de la Municipalidad, para la instalación de un cajero automático del Banco de Costa Rica. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General, condicionado a la existencia de partida presupuestaria suficiente que debe tener el Banco, para hacerle frente a las obligaciones que se compromete en la cláusula cuarta del contrato. En relación con el “refrendo interno” que aparece en oficio AL-06-2007 de 24 de enero de 2007, no omitimos aclararle a esa entidad, para contratos futuros que, de acuerdo con la reglamentación vigente, no es necesario adjuntar ese documento cuando el refrendo corresponda otorgarlo a esta Contraloría General, sino que ello es menester únicamente cuando se reserve la aprobación al ámbito interno de la entidad (ver artículo 10 del Reglamento Sobre el Refrendo de las Contrataciones de La Administración Pública Atentamente, Lic. Jesús Mora Calderón Msc. Rosa I. Conejo Fernández Gerente Asociado Fiscalizadora RIC/fjm Ci: Archivo Central Ni: 1271, 2007000508-1 ] ...
Fecha publicación: 24/02/2007
Fecha emisión: 16/02/2007
Documento: 01546-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 Sra. Elvia Villalobos Arguello 10 de agosto, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.11087 10 de agosto, 2006 DCA-2361 Señora Elvia Villalobos Arguello Alcaldesa Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia San Isidro de Heredia Estimada señora: Asunto: Se deniega el refrendo al contrato de comodato, suscrito entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y la Asociación Club de Leones Zurquí. Nos referimos a su oficio No. AM 106-2006 de 7 de julio del 2006, mediante el cual solicita el refrendo del contrato de comodato, suscrito entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y la Asociación Club de Leones Zurquí. En el presente acuerdo de voluntades la Municipalidad de San Isidro de Heredia en calidad de propietaria de un bien público destinado a área comunal, pretende dar en préstamo, modalidad comodato, dicho inmueble a la Asociación Club de Leones Zurquí, para que ésta pueda construir a futuro un salón comunal. Asimismo estipulan que el convenio tendrá una duración de 5 años sin posibilidad de prórroga. Fundamentan el convenio en los numerales 13 y 17 del Código Municipal, argumentando que el mismo tiene un fin de interés público, así como que la comodataria (Asociación) es una persona jurídica que brinda un servicio público en el cantón. Partiendo de lo anterior nos permitimos efectuar las siguientes precisiones: Las normas de cita no precisan el fundamento legal que posibilita a la Municipalidad a otorgar en préstamo (comodato) un bien que por su naturaleza constituye un bien demanial. Sobre este particular debe tenerse presente que las Municipalidades por ser entes de derecho público, se encuentran sometidas al principio de legalidad, es decir, que actuarán sometidas al ordenamiento jurídico y sólo podrán realizar aquellos actos que autorice dicho ordenamiento. Siendo ello así, para que la Municipalidad pudiera dan en préstamo un bien demanial deberá estar pl ...
Fecha publicación: 13/08/2006
Fecha emisión: 10/08/2006
Documento: 11087-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 Sra. Sandra Ramírez Villalobos 24 de noviembre de 2005 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 15324 24 de noviembre, 2005 DI-AA-2872 Señora Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia Estimada señora: Asunto: Dos contratos para la adquisición de materiales para la construcción de un Puente en el Cantón de San Isidro de Heredia, suscritos entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y las firmas Mercado Industrial San Luis, S.A. y Ferretería y Depósito El Labrador, S.A. Nos referimos a su oficio sin número, del 14 de noviembre del año en curso, mediante el cual solicita la aprobación de Dos contratos para la adquisición de materiales para la construcción de un Puente en el Cantón de San Isidro de Heredia, suscritos entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y las firmas Mercado Industrial San Luis, S.A. y Ferretería y Depósito El Labrador, S.A. Al respecto, en relación con el contrato suscrito con la empresa Mercado Industrial San Luis, S.A., le comunicamos que este Despacho lo devuelve sin tramitar, ya que el mismo no requiere del refrendo contralor, por cuanto su monto ((2.484.775,00) no alcanza el límite por el cual deben venir los contratos de esa Administración a refrendo de esta Contraloría General ((9.000.000,00) (ver Resoluciones de este Órgano Contralor números R-CO-10-2005 y R-CO-11-2005, de las 15:00 y 15:30 horas del 9 de febrero del 2005, respectivamente, publicadas en La Gaceta No. 34 del 17 de febrero del mismo año). Referente al documento contractual firmado con la firma Ferretería y Depósito El Labrador, S.A., una vez realizado el estudio de rigor, le comunicamos que esta Contraloría General le concede el refrendo constitucional a dicho documento, condicionado a la existencia de contenido presupuestario. Atentamente, Alberto Fran ...
Fecha publicación: 27/11/2005
Fecha emisión: 24/11/2005
Documento: 15324-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES 2 Sr. Enrique Pacheco Jiménez 5 de setiembre de 2000 Director de Talento Humano y Transformación Institucional DI-AA- Al contestar refiérase al oficio No. 15559 29 de noviembre de 2005 DI-AA-2919 Señora Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal Municipalidad de San Isidro de Heredia Estimada señora: Asunto: Criterio sobre la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en el contrato suscrito entre esa Municipalidad y la empresa WPP Continental de Costa Rica S.A. Como complemento a nuestro oficio No. 02984 (DI-AA-0546), me permito comunicarle que, en relación con la fórmula matemática de revisión del precio, incluida en el contrato para el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos ordinarios, residenciales, comerciales e institucionales del Cantón de San Isidro de Heredia, suscrito entre esa Municipalidad y la empresa WPP Continental de Costa Rica S.A., luego de la revisión pertinente se encontró, que dicha fórmula se ajusta a los requerimientos que sobre el particular ha establecido esta Contraloría General. Atentamente, Lic. Manuel J. Corrales Umaña, MBA Jefe de Unidad MCU:mst ci Archivo Central Ni: 4721 · Contratos 2005001339 ] ...
Fecha publicación: 21/10/2005
Fecha emisión: 18/10/2005
Documento: 15559-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


1 2 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No.07974 05 de julio, 2005 DI-AA-1398 Señora Sandra Ramírez Villalobos Proveedora Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA San Isidro de Heredia Estimada señora: Asunto: Contrato de servicios para el alquiler de camión recolector de desechos sólidos, suscrito entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y la firma Transportes y Alquileres BIS, S.A. Nos referimos a su oficio No. PM-REF-01-2005 del 28 de junio del año en curso, mediante el cual solicita la aprobación del Contrato de servicios para el alquiler de camión recolector de desechos sólidos, suscrito entre la Municipalidad de San Isidro de Heredia y la firma Transportes y Alquileres BIS, S.A. Al respecto, una vez realizado el estudio de rigor, le comunicamos que esta Contraloría General concede el refrendo constitucional al contrato supraindicado, el cual queda condicionado a la existencia de contenido presupuestario. En relación con la fórmula matemática de reajuste de precios establecida en la cláusula quinta del documento contractual, le informamos que dicha fórmula se encuentra en estudio en esta Unidad, por lo que oportunamente le comunicaremos a esa Municipalidad lo que corresponda. Así las cosas, esa Administración no podrá aplicar la misma hasta tanto no cuente con nuestra aprobación. Atentamente, Alberto Franco Narváez Fiscalizador Anexo: Un expediente AFN/lmu ci Auditor Municipal Archivo Central Ni: 14319, 2005003273-2 · Contratos ] ...
Fecha publicación: 08/07/2005
Fecha emisión: 05/07/2005
Documento: 07974-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS